Subsidio extraordinario

Brindamos apoyo económico a los hogares que perdieron a un ser querido, ya sea al beneficiario o a un familiar a cargo. El objetivo es garantizar el pago de la cuota monetaria que venían recibiendo por subsidio familiar durante un período igual o equivalente a doce meses.
Por muerte del trabajador

En caso de que muera el beneficiario de la cuota monetaria, la Caja de Compensación Familiar continuará pagando durante doce meses el monto del subsidio por personas a cargo, a quien acredite haberse responsabilizado de la guarda, sostenimiento o cuidado de ellos.

Requisitos
  • Dar aviso inmediato de la muerte del trabajador afiliado a la Caja de Compensación.
  • Presentar el registro civil de defunción.
  • Fotocopia de la cédula de quien reclama el auxilio.
  • Dirección completa de quien reclama el auxilio.
  • Documentos que demuestren la guarda y cuidado de las personas a cargo del trabajador fallecido.
Por muerte de persona a cargo del trabajador
Si muere un familiar a cargo del beneficiario, la caja de compensación pagará un subsidio extraordinario equivalente a doce mensualidades de la cuota monetaria que este viniera recibiendo por el fallecido.
Requisitos
  • Avisar a la Caja de Compensación sobre la muerte de la persona a cargo dentro del mes que ocurra, ya sea directamente o a través de un conducto autorizado.
  • Presentar el registro civil de defunción de la persona a cargo.
  • Fotocopia de la cédula de identidad del beneficiario.
  • Dirección completa del beneficiario.
¿Cómo solicitar?

Para solicitar subsidio extraordinario el beneficiario debe informar a la Caja de Compensación Familiar de la muerte de una persona a cargo o viceversa. Igualmente, presentar los siguientes documentos e información:

  • Registro civil de defunción.
  • Fotocopia de la cédula de quien reclama el auxilio.
  • Dirección completa de quien reclama el auxilio.
  • Documentos que demuestren la guarda y cuidado de las personas a cargo del trabajador fallecido.
Vigencia
El plazo máximo para solicitar el subsidio extraordinario es de un mes a partir de la fecha de defunción.