Beneficio monetario por ahorro de cesantías

¿Conoce los beneficios a los que puede acceder a través del Subsidio de Desempleo? *

  • Pago de aportes en salud y pensión sobre 1 SMMLV hasta por 6 meses.
  • Una transferencia económica por un valor de 1,5 SMMLV, dividida en 4 mensualidades decrecientes por un valor de 1,5 SMMLV (categorías A y B).
  • Beneficio económico proporcional al ahorro de cesantías que voluntariamente haya destinado al MPC (vea la tabla 1).
  • Servicios de gestión y colocación de empleo para la reinserción laboral.
  • Programas de capacitación en competencias básicas y específicas.

*Requisitos para el acceso a los beneficios del Subsidio de Desempleo en la Ley 1636 de 2013, reformada y modificada por la Ley 2225 de 2022.

¿Qué es el beneficio económico proporcional al ahorro de cesantías que voluntariamente haya destinado al Mecanismo de Protección al Cesante?

Es un beneficio monetario proporcional al ahorro voluntario de cesantías que recibirían quienes ahorren una parte o la totalidad de sus cesantías para el Mecanismo de Protección al Cesante cuando los trabajadores se encuentren sin empleo.

El incentivo será proporcional al ingreso del trabajador, al tiempo y al monto del ahorro.

¿Quiénes pueden adquirir este beneficio?

Los trabajadores que devenguen entre 1 y 2 SMMLV deberán ahorrar mínimo el 10 % de sus cesantías, y los que ganen más de 2 SMMLV deberán ahorrar mínimo el 25 % de sus cesantías.

Para establecer el porcentaje de ahorro en el tiempo, este será contado a partir de la fecha de radicación del formato ante la administradora de fondos de cesantías.

Beneficio monetario por ahorro de cesantías
Ingreso del trabajador (SMMLV) Porcentaje sobre el ahorro de 1 a 2 años Porcentaje sobre el ahorro de 2 a 3 años Porcentaje sobre el ahorro de más de 3 años
1 y hasta 2 20 % 22 % 23,5 %
Más de 2 y hasta 3 19 % 21 % 22,5 %
Más de 3 y hasta 4 17 % 19 % 20,5 %
Más de 4 y hasta 5 16 % 18 % 19,5 %
Más de 4 y hasta 5 14 % 16 % 17,5 %
Más de 6 y hasta 7 12 % 14 % 15,5 %
Más de 7 10 % 12 % 13,5 %
Tabla 1. Beneficio monetario por ahorro de cesantías

¿Cómo pueden ahorrarse las cesantías en el Mecanismo de Protección al Cesante?

La voluntad del trabajador se manifestará ante la administradora de fondos de cesantías correspondiente, ante el empleador o ante la caja de compensación familiar a la que esté afiliado.

El titular de las cesantías que desee ahorrar para el mecanismo deberá expresar por escrito su voluntad de destinar parcial o totalmente las cesantías, causadas o por causarse, en cualquier momento, durante su relación laboral o en el desarrollo de la actividad productiva, a través de un formato físico o electrónico.

El beneficio se pagará con la entrega de los otros beneficios que otorga el Subsidio de Desempleo, según la voluntad expresada por el trabajador en el formato de ahorro para el mecanismo.

¿Qué pasa si está ahorrando para el MPC y se decide utilizar las cesantías para compra de vivienda o educación?


Se debe diligenciar el formulario indicando que NO continuará con el ahorro voluntario y el 100 % de los recursos estarían disponibles para utilizar de acuerdo con lo que dispone la norma; solicitud que deberá adelantar ante la administradora de fondos de cesantías.

La revocatoria de la destinación de recursos de ahorro de cesantías para el Mecanismo de Protección al Cesante causará la pérdida del tiempo acumulado y, por ende, acceder al beneficio monetario del subsidio de desempleo.

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